- 17/08/2023
- Posted by: Estudio GQG
- Categoría: Noticias

Les recordamos que el 17 de agosto se celebra el Día del trabajador gastronómico, barista y hotelero de acuerdo al Artículo 7 del Decreto 259/88.
Este día está establecido en dos consejos de salarios, grupo 1 y grupo 12 y sus subgrupos correspondientes que se detallan a continuación: En el grupo 1 subgrupo 12.1 Catering Artesanal Tercera Ronda 2008 y 12.3 Catering Industrial Cuarta Ronda 2010, se establece feriado pago para los trabajadores, y en el caso del subgrupo 12.1 será trasladable contemplando las necesidades comerciales de cada empresa.
En el grupo 12 los subgrupos involucrados son:
• 1 Hoteles, apart hoteles, moteles y hostelerías,
• 2 Campamentos, bungalows y similares,
• 3.1 Hoteles de alta rotatividad,
• 3.2 Pensiones,
• 4 Restoranes, parrilladas y cantinas
• 5 Cadenas de comidas
• 6 Otras formas de servicios de alimentación y venta de bebidas (carros)
• 7 Cafés, bares, pubs, cervecerías, venta de pizza y faina, despacho de bebidas, repostería, confitería sin planta de elaboración y heladerías
• 8 Rotiserías
En estos subgrupos se estableció jornada libre paga, y quienes trabajen recibirán paga doble.