- 21/12/2022
- Posted by: Estudio GQG
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A continuación detallamos cuales son los procedimientos que tiene que realizar las empresas o los patronos ante un siniestro de accidentes de trabajo o enfermedades profesionales
En Montevideo:
Si se trata de una urgencia o emergencia, trasladar al trabajador inmediatamente al Hospital del BSE, ubicado en la calle José Pedro Varela 3420, entre Bulevar Batlle y Ordóñez y Madreselva (sector Urgencias). Si se trata de un accidente que no reviste mayor gravedad, debe dirigirse al Sector Admisión, para recibir asistencia.
En el Interior:
Trasladar al trabajador a un centro asistencial perteneciente a la FEMI. Para más información consultar las direcciones en la sucursal del departamento, en la agencia más cercana, o llamando al (2)1998 las 24 horas, todos los días del año.
Presentar Denuncia Patronal.
A partir del 9 de julio de 2012, las denuncias por Accidentes del Trabajo y enfermedades profesionales se realizan únicamente a través de nuestro sitio web, menú: SERVICIOS -Accidentes Denuncia Patronal. Un sistema más fácil y simple de completar, con ayuda interactiva y contando con el asesoramiento telefónico a través del 1998.
Es importante recordar que se mantiene vigente el plazo de denuncia de 72 hs. en Montevideo y 5 días hábiles en el interior, con la comodidad de realizar el trámite desde el lugar que se desee. Este trámite es obligatorio y puede originar multas si no se realiza. La descripción de las circunstancias del accidente es un dato relevante al momento de estudiarlo, por lo que es importante ser preciso en su descripción.
Recordamos que esta gestión es obligatoria, al amparo de la Ley 16.074 Accidentes de trabajo y Enfermedades Profesionales.
Artículo 48: En los casos de accidentes de trabajo ocurridos a obreros o empleados asegurados en el Banco de Seguros del Estado o al tener conocimiento de enfermedades profesionales, los patronos deberán dar cuenta de los mismos en su Sede Central o Sucursales o Agencias del Interior dentro de las setenta y dos horas de que el hecho se produjera en Montevideo y en un plazo de cinco días hábiles, por un medio fehaciente, cuando se trata de los demás departamentos. En caso de que los patronos, sin causa justificada, no hicieren la denuncia en los términos indicados, incurrirán en una multa equivalente a 50 UR (cincuenta Unidades Reajustables) y a 100 UR (cien Unidades Reajustables) en caso de reincidencia.
Independientemente del lugar de ocurrencia del accidente, si la gravedad del caso lo amerita el trabajador debe ser trasladado al Centro Asistencial más próximo y luego derivado a los Centros Sanitarios correspondientes: Hospital BSE en Montevideo, o la red de FEMI en el Interior.
El patrón deberá solicitarle al operario accidentado copia del Alta Médica, expedida por el BSE, para poder ser reintegrado al trabajo.